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miércoles, 10 de mayo de 2017

Jubilación anticipada: todas las claves de un modelo casi mayoritario elhuffingtonpost

Casi la mitad de los nuevos pensionistas de 2016 se retiró antes de los 65.


GETTY IMAGES/ISTOCKPHOTO
Cada vez son más los que se jubilan de manera anticipada. En 2016, casi la mitad de los nuevos jubilados, el 44,6% de un total de 306.890 personas, lo hizo antes de los 65, la edad legal, según datos de la Seguridad Social publicados este martes por El País. Récord del pasado año que batió, así el de su precedente y su precedente el del anterior. Y todo este subidón pese a que en marzo de 2013 se endurecieron los requisitos de acceso.
¿La jubilación anticipada ha venido para quedarse? En España lleva los pasos de convertirse en mayoritaria dentro de un sistema dual y paradójico que recorta años por abajo, con el retiro anticipado, y amplía por arriba, con la propuesta de retrasar la edad de jubilación a los 67 años a partir de 2027.
Con la crisis, España ha llegado a sus cotas más altas en edad efectiva de jubilación desde los años noventa. ¿Y eso es bueno o es malo? Para las arcas públicas y el mercado laboral, malo. Para el candidato al retiro, según intereses personales.
El ciudadano que se jubila antes de la edad legal no supone más carga para el sistema durante toda su vida de pensionista, y sí menos coste por efecto de los coeficientes reductores, que menguan sus pensiones iniciales como penalización por acogerse antes de tiempo. Sin embargo, los primeros años añaden bastante presión por dos motivos: se suman antes de tiempo al sistema y, por lo general y por sus carreras de cotización, suelen tener prestaciones más altas: los menores de 65 años se jubilan con una pensión media de 1.554,7 euros al mes, frente a los 1.332,4 euros de media en el conjunto del sistema, informa Manuel V.Gómez.
La jubilación anticipada lleva el camino de convertirse en tendencia, pese a los intereses de las arcas de la Seguridad Social. Y en esa evolución al alza influyen tanto el envejecimiento como los efectos del desempleo sobre los parados más veteranos, que ven en el modelo una salida a su situación, los recortes empresariales en los años duros y las dudas sobre la sostenibilidad del modelo español de pensiones, que lleva a muchos a retirarse antes de que la alcancía se acabe.
El formulario es el mismo que el de jubilación ordinaria y se presenta, asimismo, en las oficinas de la Seguridad Social. Pero el retiro anticipado no es para todos.
¿QUIÉN PUEDE ADELANTAR LA JUBILACIÓN?
La edad de jubilación ordinaria es de 65 años y cuatro meses. Tras la reforma de 2013, cada año aumenta un mes; a partir de 2018, sumarán dos meses, hasta los 67 años a los que se llegará en 2027. Aunque gran parte de la población se jubila a esa edad, no está al alcance de todos. Para acogerse a la jubilación anticipada, es necesario cumplir una serie de requisitos.
Cese voluntario
- Mutualistas:
Quien haya cotizado como mutualista, podrá retirarse a partir de los 60 años.
- No mutualistas:
. Si el cese es voluntario: el candidato deberá tener como mínimo 63 años. En 2027 esta edad pasará a ser de 65 años, o 63 para las largas carreras de cotización.
. Haber cotizado al menos 35 años.
. Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- El importe de la pensión debe ser superior al 125% de la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado en el momento del cumplimiento de los 65 años de edad.
Cese involuntario
. Haber cumplido los 61 años, en el caso de carreras de larga cotización, y dos años menos de la edad que corresponda, en el resto de los casos. En 2027, pasará a ser de 63 años o 61 para las largas carreras de cotización.
. Acreditar al menos 33 años efectivos de cotización.
. Jubilación anticipada por desempleo: estar inscrito en las oficinas de empleo durante seis meses antes de solicitar la jubilación anticipada o que el despido objetivo sea por causas económicas o se trate de un despido colectivo.
Autónomos
Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a jubilarse anticipada y voluntariamente de la misma forma que los trabajadores por cuenta ajena, solo que no pueden acogerse a la fórmula no voluntaria.
Con respecto al cálculo de la pensión, a partir de 2022 se computarán las cotizaciones de los últimos 25 años. Hasta que llegue ese momento el periodo de referencia irá aumentando de manera gradual cada año.
CON LAS CUENTAS CLARAS
Jubilarse de manera anticipada rebaja la cuantía a recibir, en porcentajes distintos y según casos. Por lo que hacerlo de manera voluntaria si al hacer el cálculo, la pensión que nos quede nos resulta suficiente, teniendo en cuenta que este modelo está sometido a una reducción del 0,5% por cada trimestre o fracción de trimestre respecto a la edad ordinaria, salvo en el caso de los mutualistas y las profesiones de riesgo.
La pensión se reducirá entre un 1,5% y un 2%, dependiendo de los años cotizados, por cada trimestre o fracción de trimestre que nos falte para alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Por lo general, un recorte del 8% por cada año de anticipación. Si se acreditan más de 30 años de cotización, la reducción será de un 7,5% por cada año de anticipo, del 7% si se acreditan de 35 a 37 años cotizados, el 6,5% de reducción por año si acreditan 38 ó 39 de cotización, y un recorte del 6% por cada año si se han cotizado 40 años o más.
¿CÓMO CALCULARLA?
- La pensión de jubilación se calcula mediante la base reguladora, que se calcula con los 19 últimos años cotizados.
- Además hay que aplicar un porcentaje que resulta de contabilizar los meses totales cotizados.
- Estos valores cambian cada año, hasta que en 2022 se tomen en cuenta los últimos 25 años cotizados para calcular la base reguladora.
CASOS Y CONDICIONES
Jubilación anticipada voluntaria:
- Reducción del 2 % por trimestre o fracción de trimestre cuando se acumule un periodo de cotización inferior a 38 años y seis meses.
- Si la cotización es igual o superior a 38 años y seis meses e inferior a 41 años y 6 meses, el coeficiente que se aplicará será del 1,875 % por trimestre o fracción de trimestre.
- En caso de haber cotizado entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses, la reducción será del 1,75% por cada trimestre o fracción de trimestre.
- La reducción del 1,625 % solo es aplicable cuando acreditemos una cotización efectiva igual o superior a 44 años y seis meses.
. Jubilación anticipada involuntaria:
- Reducción del 1,875 % por trimestre o fracción de trimestre cuando se acumule un periodo de cotización inferior a 38 años y seis meses.
- Si nuestra cotización es igual o superior a 38 años y seis meses e inferior a 41 años y seis meses, el coeficiente que se aplicará será del 1,75 % por trimestre o fracción de trimestre.
- En caso de haber cotizado entre al menos 41 años y seis meses y 44 años y seis meses, la reducción será del 1,625% por cada trimestre o fracción de trimestre.
- La reducción del 1,5 % solo es aplicable cuando acreditemos una cotización efectiva igual o superior a 44 años y seis meses.
M.M.
PROFESIONES ESPECIALES
Las labores de riesgo suponen un acceso preferente a la jubilación anticipada. El caso típico es el de los mineros. En el caso de haber trabajado más de 10 años en minas subterráneas es posible acceder a la jubilación a partir de los 40 años. A cielo abierto, a los 45 años. En trabajos con exposición a materiales peligrosos existen baremos especiales. En el caso de los bomberos, por ejemplo, existen coeficientes reductores que permiten jubilaciones a los 59 años con 35 años cotizados. Los policías podrán acogerse también a ese estilo de jubilaciones anticipadas a los 59 años, según un nuevo marco legal previsto para este año.
JUBILADOS QUE TRABAJAN
Desde la reforma de la jubilación parcial en 2013, los jubilados pueden cobrar el 50% de la prestación y seguir trabajando, pagando cotización parcial y un 8% de solidaridad. El Partido Popular, por boca de la ministra Fátima Báñez, ha propuesto ampliar esa compatibilidad hasta el cien por cien de la pensión. Esta es una opción propia de autónomos Lo son el 84% de las 33.823 personas bajo este marco legal.
En esta regulación sin embargo se han dejado algunas lagunas sin cubrir como es el caso de los derechos de autor, fundamental para todo tipo de creadores y que ha penalizado ya con importantes multas a destacados escritores españoles como Javier Reverte, Ángeles Caso y José Manuel Caballero Bonald, entre otros.
Desde el colectivo artístico, la plataforma Seguir Creando denuncia que la gran mayoría de los creadores, que perciben pensiones entre los 600 y 800 euros tras cotizar como autónomos toda su vida, no pueden permitirse renunciar al 50% en enero sin tener la certeza de que su trabajo creativo va a obtener beneficios económicos a lo largo del año.

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