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miércoles, 6 de enero de 2021

Cinco cosas ilegales que se hacen en redes sociales granadahoy.com

 

Cinco cosas ilegales que se hacen en redes sociales

    
CARMEN RAMOS

   Cada vez vivimos más en Internet. Se comparten intereses, aficiones, salidas con amigos y muchos momentos íntimos. Sin embargo, es frecuente que haya personas que aun piensen que la red es un mundo paralelo en el que todo está permitido. Nada más lejos de la realidad. Si algo es ilegal en la vida offline, lo seguirá siendo en la vida online. Parece evidente, pero no para todos.

Estos son cinco cosas ilegales que se hacen en las redes sociales a diario que el canal de YouTube Ley y Desorden ayuda a difundir para que no cometas algún delito sin saberlo:

Injuriar y calumniar

Esta práctica es, sin duda, el mejor ejemplo que demuestra que hay gente que aun cree que en Internet no se aplica la ley. En la red, al igual que en la vida fuera de ella, los insultos suponen una grave falta de respeto, así como un atentado contra el honor de la persona que lo reciba. Es una de las prácticas más comunes y nefastas de acoso de los últimos tiempos y, por supuesto, es constitutiva de delito.

El cyberbullying, como es más conocido, no consiste simplemente en el acto de atacar, o trollear, a una persona con argumentos absurdos y repetidos hasta agotar su paciencia, sino que es un acto ilegal en el que se está agrediendo el honor de otra persona, pues se le imputan hechos que pueden manchar su honra.

Amenazas online

Es muy habitual escribir en redes sociales y aplicaciones de mensajería como si se estuviese en un círculo íntimo en el que es posible expresarse libremente. Pero no es así. Insultar y amenazar en redes sociales pueden convertirse en un delito recogido en el Código Penal con penas de prisión de hasta cinco años según la conducta. Las amenazas a través de WhatsApp (y otras plataformas online) pueden tener diferentes consecuencias ya que no es lo mismo una amenaza que considerada leve que una amenaza de muerte.

En cualquier caso, el delito está recogido en el artículo 171.1 del Código Penal donde las amenazas a través de WhatsApp se considera un delito leve, siempre y cuando no se trate de un caso de violencia de género, chantajes y amenazas de difusión de información personal, etc.

Difusión de imágenes íntimas sin consentimiento

En línea con el delito anterior, encontramos la difusión de contenidos íntimos, no necesariamente sexual, sin el consentimiento de la persona que aparece en ellos. Según el artículo 7.5 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, "tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas: La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos".

Se considera ilegal subir fotografías o vídeos de terceros a las redes sociales sin su consentimiento, ya que se está exponiendo un aspecto de su vida que pertenece a su esfera íntima.

Incluir a alguien en grupos de mensajería sin su consentimiento

Es una de las prácticas más habituales, crear grupos de WhatsApp casi para cualquier cosa. La clave aquí radica en que todos los miembros del grupo deben saber que se les va a incluir en el grupo antes de añadirlos ya que, tal y como explican desde la Agencia de Protección de Datos, esta acción vulnera el derecho de la intimidad puesto que expone tu número de teléfono del usuario sin su propio consentimiento a terceras personas.

Compartir contraseñas de plataformas con terceros

Y llegamos al que sin duda es uno de los delitos más habituales y desconocidos que ser dan en las redes cada día. Compartir la cuenta de Netflix, HBO o Spotify es una de las prácticas más comunes, especialmente entre amigos, lo que se desconoce es que se está cometiendo una ilegalidad.

En esta ocasión se está incumpliendo un contrato. En el caso de Netflix, por ejemplo, la compañía especifica que concede una licencia limitada, no exclusiva e intransferible. Dado que las condiciones generales de contratación del servicio impiden el uso de la cuenta por quien no sea titular, compartirla puede ser una infracción de los términos del contrato. Sin embargo, y para tranquilidad de la mayoría, a pesar de ser una ilegalidad, los términos de uso en este caso son un tan ambiguos que queda a interpretación del juzgado cada caso.

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