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jueves, 6 de julio de 2017

Tener doble nacionalidad, ¿un problema legal granadahoy.com

Expertos de diversos puntos del planeta han analizado esta situación durante el I Seminario Internacional sobre Movilidad Internacional de Personas y Nacionalidad

La catedrática Mercedes Moya.

La nacionalidad es un derecho de las personas del que derivan un conjunto de derechos sociales, civiles y políticos. En muchas ocasiones, pese a poseer las pertinentes autorizaciones administrativas de residencia y trabajo, existe cierta discriminación en derechos que hace a estas personas solicitar la nacionalidad del país donde reside. Así, en España en los últimos años más de medio millón de personas han adquirido la nacionalidad española por residencia legal.
Durante los últimos años, en España han adquirido la nacionalidad por residencia legal más de medio millón de personas. Como norma general para su obtención se exige la renuncia a su nacionalidad natal, salvo que estas personas sean originarias de países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial o Portugal.
SI ERES MARROQUÍ Y ESPAÑOL, A OJOS DE ESPAÑA ERES ESPAÑOL Y ALLÍ SOLO ERES MARROQUÍ"
Sin embargo, pese a efectuarse esta renuncia, ¿es válida a ojos de su país natal? ¿Produce algún tipo de efecto? ¿Tiene consecuencias en su país de procedencia que no renuncien a la misma? Y, en este caso, ¿pueden esgrimir su nacionabilidad de origen en territorio español?
Todo ello suscita una serie de preguntas que aún no tienen respuesta y que provoca que en ocasiones, se sucedan ciertos problemas de legalidad. Por este motivo, un grupo de investigación encabezado por la catedrática en Derecho Internacional Privado y Directora del Máster en Derecho de Extranjería de la UGR, Mercedes Moya, ha iniciado un proyecto para abordar esta temática con el fin de buscar soluciones.
Tener una nacionalidad u otra depende del lugar de nacimiento de una persona, o al menos, esta es la creencia que hay en general. Sin embargo, esto no es del todo cierto. Hay países, como los sudafricanos o asiáticos, en los que la nacionalidad se rige por derecho de sangre. Es decir, si un niño es de padres marroquíes pero nace en España, es marroquí y no español.
En este tipo de casos -cuando el país de procedencia cuenta con ese derecho- es cuando el extranjero se ve obligado a renunciar a su nacionalidad natal. Esto provoca que a ojos de España tan solo sea reconocido como español, por lo que a nivel jurídico se le aplica nuestra legislación, mientras que ante su país de origen siga manteniendo su nacionalidad natal.
Esta "doble nacionalidad" genera una serie de problemas legales -en temas matrimoniales, de divorcios, de reconocimiento de hijos, filiaciones, o régimen económico- que muchos de los extranjeros no conocen y no saben cómo solucionar.
Un claro ejemplo de ello es el caso de un marroquí, al que vamos a llamar Osama, que desde hace más de 10 años reside en España. Osama obtuvo una autorización de residencia, una renovación por dos años, otra renovación más por el mismo periodo, por lo que pasó a ser residente de larga duración, y posteriormente, de este forma ha estado en España durante cinco años más.
Para conseguir la nacionalidad, Osama tuvo que renunciar a la marroquí, sin embargo a la hora de hacer efectivo su matrimonio se encontró con un problema derivado de esta doble nacionalidad.
Su novia es marroquí y residía en Marruecos, por lo que la boda se efectuó allí, según la legislación marroquí, ya que a ojos de su país él continuaba teniendo la nacionalidad. Tras volver a España, al querer inscribir su matrimonio para que su mujer pudiese trasladarse a nuestro país por lo que se llama 'reagrupación familiar', se encontró con que esto no era posible.
Para poder validar esta unión, Osama tenía que haber solicitado un certificado previo de capacidad, que es exigido a los españoles cuando van a casarse en el extranjero, por lo que su matrimonio no era válido en España.
Ante ello, intentó casarse de nuevo en España por lo civil, pero esta opción tampoco era posible, ya que la persona con la que intentaba contraer matrimonio "ya estaba casada en Marruecos", pero pese a que el marido era él, como según el estado español "no estaba casado", no contaba su matrimonio pero sí el de la mujer pues ella solo tenía nacionalidad marroquí. La única opción a la que pudo recurrir el joven fue anular su matrimonio en Marruecos, para así poder casarse en España por lo civil.
Se trata solo un ejemplo de uno de los problemas que se encuentran los extranjeros cuando "renuncian" a su nacionalidad natal, que suscita muchas preguntas que aún no tienen respuesta y que pueden concretarse en la siguiente, ¿cómo se arbitra la vida jurídica, la validez de documentos obtenidos en uno u otro país cuando en ocasiones ni siquiera hay convenio sobre el reconocimiento de sentencias y documentos públicos con su país de origen?
Esta problemática fue expuesta por Mercedes Moya ayer, durante el Seminario sobre Movilidad Internacional de Personas y Movilidad, que reunió a una serie de expertos en la materia procedente de diversos puntos del planeta. Este seminario sirvió como presentación a lo será su proyecto de investigación, durante el que, junto a su equipo, tratará de buscar "una solución seria y científica", según expuso la catedrática, para este tipo de cuestiones.

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