Quizá estemos cansados de días, semanas o meses en los que siempre se conmemora o celebra un hecho significativo. Y es cierto, ya que el calendario está repleto de fechas significativas decididas por unas u otras organizaciones, pero como en todo siempre habrá días y días.
Por ejemplo, a pocos se les olvida los recientes días o semanas de celebración del orgullo LGTBI, y mientras pocos sabrán que en Estados Unidos el mes de julio que acabamos de terminar es el mes del “orgullo disca”.
Como nos ha relatado recientemente Ana Castro: “Lo que no se nombra parece que no existe y sabemos que sí. Hay que nombrarlo, definirlo y visibilizarlo para que la sociedad vaya siendo progresivamente más inclusiva y respetuosa con la diversidad funcional”.
Si miramos solo unos días atrás, nos encontramos con la reciente aprobación de la Ley 8/2021, de 2 de junio (BOE 3 de junio), que acomete una importante reforma en la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, y que entrará en vigor en septiembre. Cambios celebrados por todos los colectivos que trabajan por las personas con discapacidad, ya que son numerosos los temas que toca, y entre ellos la terminología, al pasar de ‘discapacitado’ a ‘persona con discapacidad’.
No es el momento de valorar estas reformas, sin duda positivas, pues requieren de una profundidad y de análisis más propios para otros medios, pero sí el de servir de cabecera para escribir alto y claro que con la discapacidad no se bromea.
Se ha evolucionado en el uso de una terminología que ha ido de los términos “deficiente, inútil, subnormal, minusválido” al de “discapacitado”, con menos connotaciones sociales negativas, hasta la reciente “persona con discapacidad”.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, define la discapacidad de la siguiente forma: “Es una situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” (artículo 2).
En consecuencia, no hay en estas personas una disminución en el valor como sujeto, solo en sus capacidades, y para contrarrestarlo se ponen en vigor ciertas medidas (se suele conocer como acciones de discriminación positiva).
Todavía se desconoce que existen discapacidades que no se ven, las orgánicas, pues el elenco va desde las sensoriales, motoras, intelectuales, psíquicas... y algunas no son visibles (ya sea una persona sorda, diabética o con un cuadro de dolor complejo, entre otras).
El reconocimiento de una situación de “discapacidad” no es fácil. De hecho, cada vez se ponen más trabas, pues se requiere pasar por un tribunal específico (equipo de valoración y orientación EVO), tal y como se regula en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Solo a partir del grado mínimo, igual o superior al 33%, el interesado puede optar a una serie de reconocimientos que le ayuden en su vida laboral, social y familiar.
Dicho todo lo anterior, vayamos con el objeto de la polémica. En este caso de nuevo las redes sociales, ese escaparate virtual en las que muchos piensan que bromear sobre los demás y hacer desafíos es la moda para conseguir seguidores o salir en la portada del algún medio de comunicación.
Y sí han salido, pero para frenar la sinrazón y la burla que no tiene ni pizca de gracia. Tristemente, se ve como algunas redes sociales se han convertido en el campo de cultivo perfecto para el “discurso del odio”, pese a que se tratan de frenar por sus creadores. Twitter llegó a cerrar la cuenta de Donald Trump o de Jesús Candel, conocido como Spiriman, al escribir: “El que se quiere curar de cáncer se cura y el que no, se muere”. Se ha llevado a los tribunales a 3 tuiteros por un delito de odio al desear la muerte del “niño torero”, que falleció poco después.
Otros han visto en las mismas una forma de reírse, algo que es muy sano y aconsejable, aunque mejor si lo haces de ti mismo, y si quieres de tu familia.
No hay medida ni freno, y todo por un me gusta o quizá por convertirse en un fenómeno viral. Esta vez con el colectivo de las personas con discapacidad y la red TikTok, bromeando sobre cómo conseguir una beca. Objetivo: dar pena diciendo que eres discapacitado.
Esto podía quedarse en una anécdota, si bien ha ido creciendo y quienes realmente sufren una discapacidad y lo que ello conlleva han creado el movimiento #StopBromaBeca. Promovido por María Rodríguez y su increíble blog Cinco sentidos y medio, y los que después nos hemos ido uniendo a ella.
En el citado blog, que os animo a leer, podéis ver todo lo que ha ido realizando, desde la campaña en change.org y las peticiones a CERMI para que tomara medidas. Asimismo, otras personas con discapacidad, o no, han ido escribiendo en sus redes o blogs con el fin de parar este sinsentido que no hace ninguna gracia. Por ejemplo, Marga Peralta reflexionaba sobre ”¿reírse de o reírse con? #StopbromaBeca”.
En declaraciones a laSexta, María denuncia que se utilice la discapacidad “en todas sus formas y sentidos lanzando un mensaje que vulnera, discrimina y daña” a las personas con diversidad funcional, un colectivo, según señala María, “olvidado e invisible para la sociedad”.
Y es que no todo vale para conseguir un me gusta, o parece que cuando se habla del delito de odio (artículo 510.1 del Código Penal), ¿hay distintas categorías según el colectivo afectado? Solo en España este tipo de delitos en personas con discapacidad ha aumentado un 70%.
Volviendo al tema de la broma de la beca, es preciso aclarar que con el objetivo de lograr la mencionada igualdad de condiciones, las personas con discapacidad ya cuentan con la posibilidad de obtener una beca si cumples los requisitos. No es preciso que dar pena, porque pena me la produce quien se ríe de una persona por su discapacidad, y si tanto la envidia cuando, por ejemplo, ocupa su plaza de aparcamiento, seguro que gustosamente el interesado se la cambia.
Existen becas de distintos tipos y en todos los niveles básicos de formación en la educación pública. En el universitario hay una exención total en el pago de los correspondientes precios públicos. Asimismo, la mayoría de instituciones ayudan a los alumnos con diversidad funcional a adaptar sus programas de estudio a las necesidades del alumno en cuestión.
No son privilegios, constituyen una forma de dar sentido a la capacitación. El requisito no es bromear, es tener reconocido un grado de discapacidad mínimo, y ello supone ya una limitación en tu vida, tu salud, relaciones sociales, etc., que el sistema trata de compensar.
Tanto las cifras en el desempleo, las listas de espera en atención temprana para menores que eviten discapacidades mayores, las dificultades para acceder a un puesto de trabajo o que este se adapte a la persona con discapacidad siguen siendo la realidad. Los cambios normativos son siempre bienvenidos, pero no son suficientes sin las acciones efectivas que los sustenten.
Para concluir, y como indica María Rodríguez, “todo esto está ocurriendo y depende de nosotros cambiarlo”. ¿A qué esperamos?
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