Cierra la instrucción del caso y deja en la antesala del juicio a cuatro de los investigados La causa sigue sólo contra la cúpula de la CHG y el subdirector general de Servicios Penitenciarios
Y. HUERTAS GRANADA
El juzgado de Instrucción 6 de Granada, que ha investigado desde 2010 si se han producido vertidos de aguas residuales mal depuradas procedentes de la cárcel al arroyo Juncal, aprecia un posible "delito contra el medio ambiente" en las continuas emisiones que habrían afectado al arroyo Juncal.
Así consta en un auto, dictado el pasado 1 de junio y al que ha tenido acceso Granada Hoy, en el que da por concluida la instrucción del caso y deja en la antesala del juicio oral sólo a cuatro de los ocho investigados que quedaban en la causa: el subdirector general de Servicios Penitenciarios, Enrique Caracuel; el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), Manuel Romera; y el comisario de aguas y el jefe del área de calidad de las aguas de esa misma institución, Rafael A.J. y Cándido B.R., respectivamente.
Con respecto a las otras cuatro personas que hasta ahora habían sido también investigadas, decreta el archivo provisional de las actuaciones para ellas. Así, 'saca' del caso al administrador del Centro Penitenciario , Sebastián S.L.; al jefe de mantenimiento, Antonio N.M., de quien dice que "en todo momento guió su actuación a evitar una situación calamitosa"; al ingeniero técnico industrial José C.Q., por "no" constar que llegara a poseer capacidad de decidir alguna en relación con el control de los vertidos "ilegales"; y al excomisario de la CGHG Francisco T.G., porque su capacidad decisoria en los cinco meses que ocupó el puesto resultó "prácticamente nula".
Sobre el supuesto papel jugado por Enrique Caracuel, subdirector general de Servicios Penitenciarios, el auto establece que "pese a tener conocimiento directo de cuantas incidencias y problemas se venían produciendo con el sistema de depuración" del Centro Penitenciario de Albolote, "no adoptó las medidas que hubieran resultado precisas a fin de evitar la continuidad de los vertidos" y, en consecuencia, "la grave afectación para el equilibrio del ecosistema". Y ello pese a haber sido "reiteradamente" advertido de la "ilegalidad" de las emisiones.
En los tres altos cargos de CHG, el magistrado observa la misma conducta "omisiva", pues entiende que tenían capacidad para haber puesto fin a los vertidos.
Concretamente, respecto al presidente, recuerda que ostenta el cargo desde 2012 y que es el "responsable último" de todas las decisiones adoptadas en relación con los vertidos. Concluye que "fue igualmente conocedor" de la situación que venía produciéndose, "sin que conste -agrega- que llegara a realizar en el ámbito de sus competencias actuación alguna tendente a solucionar aquella". Esas actuaciones "tampoco fueron llevadas a cabo", como añade, por los otros dos altos cargos. Ambos "se abstuvieron de adoptar medida alguna tendente a evitar el daño medioambiental que de tal forma se venían paulatinamente ocasionando". Y ello pese a que las emisiones "de forma constante superaban los límites establecidos por la correspondiente autorización administrativa".
En su resolución, el magistrado Francisco Javier Zurita, acuerda exactamente transformar las diligencias previas del caso en un procedimiento abreviado, o lo que es lo mismo, pasar a la fase de preparación del juicio oral, en la que las partes califican los hechos y determinan qué posibles delitos integran y con qué penas deben de ser castigados.
Por lo pronto, el juez Zurita concluye que cuando menos, en el período comprendido entre diciembre de 2008 y la fecha actual, y como consecuencia de "una pauta de vertidos contaminantes" que se han venido produciendo "reiteradamente" y que poseían su origen en el "defectuoso" sistema de depuración de las aguas residuales del Centro Penitenciario de Albolote, se llegó a originar "un daño" en la calidad del agua de arroyo Juncal "determinante de un grave riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales".
Así, a juicio del instructor, por lo averiguado hasta ahora "existen motivos suficientes" para atribuir la perpetración del posible delito medioambiental a los implicados señalados. Se da la circunstancia de que este magistrado tomó las riendas del juzgado de Instrucción 6 en septiembre pasado tras la jubilación del juez Miguel Ángel del Arco, que fue quien inició la investigación del caso, por el que en su día se llegó a interrogar incluso como investigada a la actual delegada del Gobierno en Granada, Sandra García, cuya imputación acordó finalmente dejar sin efecto la Audiencia Provincial de Granada.
El auto que cierra la instrucción del caso se produce después de que la acusación popular que ejerce la denunciante, Elena G.G., dueña del Cortijo Las Torres (aledaño a la prisión), haya puesto recientemente en conocimiento del juzgado, a través de su marido, nuevos vertidos supuestamente contaminantes.
También, hace unas semanas, este cortijo fue noticia a raíz de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmase que la Junta de Andalucía debe indemnizar a su propietaria con cerca de 900.000 euros. Dicha cantidad se fijó en concepto de responsabilidad patrimonial por daños ocasionados por las lluvias en la finca, si bien una parte de la indemnización la percibirá por la pérdida de productividad en la cosecha de aceituna correspondiente a los años 2011 y 2012 "debido a la contaminación del terreno".
Así consta en un auto, dictado el pasado 1 de junio y al que ha tenido acceso Granada Hoy, en el que da por concluida la instrucción del caso y deja en la antesala del juicio oral sólo a cuatro de los ocho investigados que quedaban en la causa: el subdirector general de Servicios Penitenciarios, Enrique Caracuel; el presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), Manuel Romera; y el comisario de aguas y el jefe del área de calidad de las aguas de esa misma institución, Rafael A.J. y Cándido B.R., respectivamente.
Con respecto a las otras cuatro personas que hasta ahora habían sido también investigadas, decreta el archivo provisional de las actuaciones para ellas. Así, 'saca' del caso al administrador del Centro Penitenciario , Sebastián S.L.; al jefe de mantenimiento, Antonio N.M., de quien dice que "en todo momento guió su actuación a evitar una situación calamitosa"; al ingeniero técnico industrial José C.Q., por "no" constar que llegara a poseer capacidad de decidir alguna en relación con el control de los vertidos "ilegales"; y al excomisario de la CGHG Francisco T.G., porque su capacidad decisoria en los cinco meses que ocupó el puesto resultó "prácticamente nula".
Sobre el supuesto papel jugado por Enrique Caracuel, subdirector general de Servicios Penitenciarios, el auto establece que "pese a tener conocimiento directo de cuantas incidencias y problemas se venían produciendo con el sistema de depuración" del Centro Penitenciario de Albolote, "no adoptó las medidas que hubieran resultado precisas a fin de evitar la continuidad de los vertidos" y, en consecuencia, "la grave afectación para el equilibrio del ecosistema". Y ello pese a haber sido "reiteradamente" advertido de la "ilegalidad" de las emisiones.
En los tres altos cargos de CHG, el magistrado observa la misma conducta "omisiva", pues entiende que tenían capacidad para haber puesto fin a los vertidos.
Concretamente, respecto al presidente, recuerda que ostenta el cargo desde 2012 y que es el "responsable último" de todas las decisiones adoptadas en relación con los vertidos. Concluye que "fue igualmente conocedor" de la situación que venía produciéndose, "sin que conste -agrega- que llegara a realizar en el ámbito de sus competencias actuación alguna tendente a solucionar aquella". Esas actuaciones "tampoco fueron llevadas a cabo", como añade, por los otros dos altos cargos. Ambos "se abstuvieron de adoptar medida alguna tendente a evitar el daño medioambiental que de tal forma se venían paulatinamente ocasionando". Y ello pese a que las emisiones "de forma constante superaban los límites establecidos por la correspondiente autorización administrativa".
En su resolución, el magistrado Francisco Javier Zurita, acuerda exactamente transformar las diligencias previas del caso en un procedimiento abreviado, o lo que es lo mismo, pasar a la fase de preparación del juicio oral, en la que las partes califican los hechos y determinan qué posibles delitos integran y con qué penas deben de ser castigados.
Por lo pronto, el juez Zurita concluye que cuando menos, en el período comprendido entre diciembre de 2008 y la fecha actual, y como consecuencia de "una pauta de vertidos contaminantes" que se han venido produciendo "reiteradamente" y que poseían su origen en el "defectuoso" sistema de depuración de las aguas residuales del Centro Penitenciario de Albolote, se llegó a originar "un daño" en la calidad del agua de arroyo Juncal "determinante de un grave riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales".
Así, a juicio del instructor, por lo averiguado hasta ahora "existen motivos suficientes" para atribuir la perpetración del posible delito medioambiental a los implicados señalados. Se da la circunstancia de que este magistrado tomó las riendas del juzgado de Instrucción 6 en septiembre pasado tras la jubilación del juez Miguel Ángel del Arco, que fue quien inició la investigación del caso, por el que en su día se llegó a interrogar incluso como investigada a la actual delegada del Gobierno en Granada, Sandra García, cuya imputación acordó finalmente dejar sin efecto la Audiencia Provincial de Granada.
El auto que cierra la instrucción del caso se produce después de que la acusación popular que ejerce la denunciante, Elena G.G., dueña del Cortijo Las Torres (aledaño a la prisión), haya puesto recientemente en conocimiento del juzgado, a través de su marido, nuevos vertidos supuestamente contaminantes.
También, hace unas semanas, este cortijo fue noticia a raíz de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmase que la Junta de Andalucía debe indemnizar a su propietaria con cerca de 900.000 euros. Dicha cantidad se fijó en concepto de responsabilidad patrimonial por daños ocasionados por las lluvias en la finca, si bien una parte de la indemnización la percibirá por la pérdida de productividad en la cosecha de aceituna correspondiente a los años 2011 y 2012 "debido a la contaminación del terreno".
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